Los Colegios Profesionales, entre los que están los entes colegiales integrados en el Consejo General de Colegios Oficiales de Químicos de España, son Corporaciones de Derecho Público. Pero ¿qué es una Corporación de Derecho Público? La Real Academia Española la define como “entidad de base privada regulada por normas que, en rezón de los fines de interés público que atiende la corporación, le atribuyen algunas funciones o potestades tradicionalmente reservadas al poder público, como la emanación de ciertas normas sectoriales con efectos sobre terceros, o la potestad sancionadora en relación con los miembros de la corporación”.
Unión Profesional, a la que pertenece el Consejo General de Colegios Oficiales de Químicos de España, impulsa una campaña Las Profesiones, Contigo por la visibilización de la labor de las profesiones colegiadas, así como de las corporaciones colegiales que las sustentan. Esta información, acompañada del vídeo cuyo enlace está al final de esta información, aborda la esencia de las profesiones colegiadas y su organización en el marco jurídico.
¿A qué nos referimos en el entorno colegial cuando hablamos de Corporaciones de Derecho Público? ¿Qué relación tiene esta fórmula con el interés público? ¿Difiere la fórmula cuando hablamos de colegios profesionales o asociaciones profesionales? La respuesta, en el siguiente enlace.
Vídeo Colegio Profesional: Corporación de Derecho Público.