Consejo General de Colegios Oficiales de Químicos de España
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Protocolo de actuación en materia de prevención y detección del acoso sexual, por razón de sexo y laboral y de la violencia de género

El Consejo General de Colegios Oficiales de Químicos de España (CGCOQE) suscribió (02/03/2021) un acuerdo de colaboración en materia de prevención y detección del acoso sexual, por razón de sexo y laboral y de la violencia de género, elaborado por el Consejo General de Colegios Oficiales de Graduados Sociales de España (CGCGSE) en colaboración con la Asociación Profesional Nacional de Especialistas de Género, Igualdad, Acoso y Violencia de Género (Apregen).

La dignidad, el derecho a la integridad moral y física y a la no discriminación están garantizados en la Constitución Española, la normativa de la Unión Europea y la legislación laboral en España. Los textos legislativos garantizan medidas eficaces para combatir el acoso sexual, por razón de sexo y laboral y de la violencia de género.

El Consejo General de Colegios Oficiales de Químicos de España, para hacer cumplir el acuerdo en materia de prevención y detección del acoso en todos los tipos de manifestaciones y ámbitos, declara y manifiesta los siguientes principios:

_Que se compromete a actuar contra el acoso sexual, por razón de sexo y laboral y de la violencia de género.­

_Que el acoso representa un atentado contra la dignidad de los trabajadores y trabajadoras. El Consejo General de Colegios Oficiales de Químicos de España no permitirá ni tolerará el acoso en el ámbito del trabajo. ­

_Que rechaza el acoso sexual y moral en todas sus formas, sin atender a quién sea la víctima o la persona acosadora, ni cuál sea su rango jerárquico o la responsabilidad que asuma y desempeñe. ­

_Que queda expresamente prohibida cualquier acción o conducta que represente cualquier tipo de acoso. Estas acciones podrán ser consideradas faltas laborales que, en consecuencia, puedan generar las sanciones que correspondan.

_Que el Consejo General de Colegios Oficiales de Químicos de España, para prevenir y detectar el acoso sexual, laboral y discriminatorio, pondrá en marcha cuatro auditorías en estructuras colegiales para sensibilizar y formar en la prevención y detección de situaciones de violencia de género y acoso laboral; distribuir y difundir material informativo a favor de la eliminación de la violencia contra las mujeres e informar sobre los mecanismos y herramientas disponibles para la detección de casos de acoso.

_Que el Consejo General de Colegios Oficiales de Graduados Sociales de España pondrá a disposición del Conejo General de Colegios Oficiales de Químico de España un canal de denuncias para la instrucción de los procedimientos de acoso que se activen a través de este protocolo.

_Que el CGCOGSE ofrecerá información al CGCOQE sobre los profesionales colegiados especialistas en la instrucción de procedimientos de acoso.

_Que el CGCOQE protegerá especialmente a las personas trabajadoras que sean víctimas de acoso sexual, laboral o discriminatorio, adoptándose, siempre que sea necesario, las medidas cautelares necesarias para ejercer la protección, sin perjuicio de guardar la confidencialidad y sigilo profesional y de no vulnerar la presunción de inocencia de la persona o personas presuntamente acosadora o acosadoras. ­

_Que todos los Colegios Profesionales que forman parte del Consejo General de Colegios Oficiales de Químicos de España, así como sus trabajadores, tienen la responsabilidad de ayudar a garantizar un entorno laboral en el que resulte inaceptable e indeseable el acoso, y, en concreto, las personas que ocupan las jefaturas de unidad y puestos de dirección tienen la obligación de garantizar, con los medios a su alcance, que el acoso no se produzca en las unidades organizativas que estén bajo su responsabilidad. Que, en caso de producirse, debe quedar garantizada la ayuda a la persona que lo sufra y evitar con todos los medios posibles que la situación se repita. ­

_Que corresponde a cada persona determinar el comportamiento que le resulte inaceptable y ofensivo, y así debe hacerlo saber a la persona acosadora, por sí misma o por terceras personas de su confianza y; en todo caso, puede utilizar cualquiera de los procedimientos que en este protocolo se establecen. ­

_Que el Consejo General de Colegios Oficiales de Químicos de España se compromete a regular, por medio del presente protocolo, el tratamiento de la situación del acoso en el trabajo, estableciendo un método que se aplique tanto para prevenir, a través de la formación, la responsabilidad y la información, como para solucionar las reclamaciones relativas a situaciones de acoso, con las debidas garantías y tomando en consideración las normas constitucionales, laborales y las declaraciones relativas a los principios y derechos fundamentales en el trabajo. ­

_Que el Consejo General de Colegios Oficiales de Químicos de España estará obligado a guardar secreto profesional respecto a los datos de carácter personal de las personas sobre las que recaiga alguna de las actuaciones previstas en este acuerdo.

_Que, respecto al deber de guardar secreto, las partes que firman este acuerdo se comprometen al cumplimiento de los deberes de confidencia y seguridad.

_Que las partes informarán a los titulares de datos personales de la recogida de éstos y obtendrán su compromiso expreso para su tratamiento.

_Que, en relación a la atención de los derechos de los ciudadanos, las partes se comprometen a facilitar y garantizar el ejercicio de los derechos de oposición al tratamiento, acceso, rectificación y cancelación y a asegurar que se cumpla lo dispuesto en la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales.

_Que el CGCOQE incluirá en su código ético y en las condiciones de contratación con otras empresas, el conocimiento y respeto a los principios establecidos en el presente protocolo.

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